Los requerimientos generales de cualificación profesional del sistema productivo para este técnico son: Proporcionar cuidados auxiliares al paciente/cliente y actuar sobre las condiciones sanitarias de su entorno como: miembro de un equipo de enfermería en los centros sanitarios de atención especializada y de atención primaria, bajo la dependencia del diplomado de enfermería o, en su caso, como miembro de un equipo de salud en la asistencia sanitaria derivada de la práctica del ejercicio liberal, bajo la supervisión correspondiente.
Descripción
Este título fue creado mediante la publicación del Real Decreto 546/1995.
Identificación
- Ciclo
- Formación Básica
- Denominación
- Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería
Unidades de competencia comprendidas en este ciclo formativo
- Preparar los materiales y procesar la información de la consulta/unidad, en las áreas de su competencia.
- Aplicar cuidados auxiliares de enfermería al paciente/cliente.
- Cuidar las condiciones sanitarias del entorno del paciente y del material/instrumental sanitario utilizado en las distintas consultas/unidades/servicios.
- Colaborar en la prestación de cuidados psíquicos al paciente/cliente, realizando, a su nivel, la aplicación de técnicas de apoyo psicológico y de educación sanitaria.
- Realizar tareas de instrumentación en equipos de salud bucodental.
Competencias
a) | Interpretar y comprender la información y el lenguaje asociados a los distintos procesos de atención sanitaria relacionados con el ejercicio de su actividad profesional. |
b) | Realizar tareas administrativas y de organización de una consulta, por lo general del sector privado, evaluar las necesidades de productos y materiales fungibles o no, administrando sus existencias en la consulta, dentro de su ámbito de competencias. |
c) | Poseer una visión de conjunto y coordinada de las distintas condiciones sanitarias de los pacientes/clientes, cuidados auxiliares de enfermería a realizar, e instrumental y material utilizado en las distintas consultas, unidades y/o servicios. |
d) | Promover, a su nivel, la humanización de la asistencia sanitaria al paciente/cliente utilizando técnicas de apoyo psicológico y de educación sanitaria. |
e) | Realizar las tareas de ayuda e instrumentación en los equipos/gabinetes de salud bucodental. |
f) | Aplicar técnicas hidrotermales básicas, manejando, regulando y secuenciando los equipos e instalaciones correspondientes, observando los procedimientos establecidos y registrando e informando las incidencias y anomalías que se produzcan durante la realización de la terapia. |
g) | Potenciar el conocimiento, actitudes y hábitos preventivos e higiénico-sanitarios en la población. |
h) | Colaborar con los miembros del equipo de trabajo en el que está integrado, asumiendo las responsabilidades conferidas al mismo, cumpliendo los objetivos asignados y manteniendo el flujo de información adecuado. |
i) | Valorar, a su nivel, la interrelación de las personas con la salud/enfermedad y sus aspectos preventivos, asistenciales y rehabilitadores. |
j) | Actuar en condiciones de emergencia, transmitiendo con celeridad y serenidad las señales de alarma y aplicando los medios de seguridad establecidos. |
k) | Poseer una visión global e integrada del sistema sanitario en sus aspectos organizativos, funcionales, sociales y administrativos. |
l) | Adaptarse a nuevas situaciones laborales generadas como consecuencia de las innovaciones tecnológicas y organizativas introducidas en su área laboral. |
Normativa
- Decreto Foral 153/1996, de 18 de marzo, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio, correspondiente al título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (Boletín Oficial de Navarra, núm. 66 de 31 de mayo de 1996 ).